¿CUÁLES SON LOS REQUISITOS PARA SER PADRINO DE BAUTISMO O CONFIRMACIÓN?
El padrino de bautismo cumple funciones de apoyo y ayuda al nuevo cristiano: asistir en su iniciación cristiana al adulto que se bautiza, y, juntamente con los
padres, presentar al niño que va a recibir el bautismo y procurar que después lleve
una
vida cristiana congruente con el bautismo y cumpla fielmente las obligaciones inherentes al mismo.
El derecho canónico instituye al padrino en guía del nuevo bautizado, pretende
que
sea en cierto modo su modelo de vida cristiana. El padrino ha de velar por el crecimiento espiritual del recién bautizado -niño o adulto-, acompañarle en sus
primeros pasos en la
fe, que aprenda, como de su mano, los fundamentos doctrinales y morales de
la fe cristiana.
Requisitos
El canon 873 indica: Téngase un solo padrino o una sola madrina, o uno y una
Por su parte, el canon 874 establece los requisitos para ser admitido como padrino:
1: Para que alguien
sea
admitido como padrino, es necesario que:
1º. Haya sido elegido por quien va a bautizarse o por sus padres o por quienes ocupan su lugar o, faltando éstos, por el párroco o ministro; y que tenga
capacidad para
esta
misión e intención de desempeñarla;
2º. Haya cumplido dieciséis años, a no ser que el Obispo diocesano establezca otra edad, o que, por justa causa, el párroco o el ministro consideren admisible una
excepción;
3º. Sea católico, esté confirmado, haya recibido ya el Santísimo
Sacramento de la Eucaristía y lleve, al mismo tiempo, una vida congruente con
la fe y con la misión que
va
a asumir;
a).- No haber renunciado a la
fe católica.
b).- Si es casado, haber recibido el sacramento del matrimonio, casado por la Iglesia.
c).- Ser cristiano practicante.
d).- Dar
ejemplo de una vida
honrada
en
su trabajo, negocio, familia, etc.
4º. No esté afectado por una pena canónica, legítimamente impuesta o
declarada;
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